Argus Legal

Jurisprudencia

Cómo citar fallos de la Corte Suprema: Fallos tomo:página, causas sin publicar y sumarios

Una cita de la Corte bien hecha se verifica en segundos; una mal hecha le hace perder tiempo al tribunal y credibilidad al escrito. La regla oficial, el formato habitual y ejemplos verificados.

Equipo Argus Legal 4 min de lectura
En este artículo
  1. La regla oficial: Acordada 4/2007
  2. El formato habitual: Fallos, tomo y página
  3. Cómo citar una sentencia que no está en Fallos
  4. Cómo encontrar y verificar el tomo y la página
  5. Cómo citar un sumario de SAIJ
  6. Errores frecuentes
  7. Cómo lo resuelve Argus

Citar a la Corte Suprema parece sencillo hasta que aparece una sentencia que todavía no está en la colección oficial, un sumario de SAIJ o una cita copiada de otro escrito con el tomo equivocado. Esta guía reúne la regla oficial, el formato que usan la Corte y la Procuración, y los errores más comunes.

La regla oficial: Acordada 4/2007

La Corte fijó el criterio en el reglamento para los escritos de recurso extraordinario y de queja. El art. 9 de la Acordada 4/2007 dice:

"Las citas de fallos de la Corte deberán ir acompañadas de la mención del tomo y la página de su publicación en la colección oficial, salvo que aun no estuvieran publicados, en cuyo caso se indicará su fecha y la carátula del expediente en el que fueron dictados."

Formalmente rige para esos dos recursos, pero en la práctica es la convención general para citar a la Corte en cualquier escrito.

El formato habitual: Fallos, tomo y página

"Fallos" es la colección oficial de sentencias de la Corte. No incluye todas: cada tomo aclara que "en la Colección 'Fallos' se publican solo las sentencias más trascendentes que emite el Tribunal (acordada 37/2003)".

La forma más completa de citar un fallo publicado combina tribunal, carátula, fecha y ubicación:

CSJN, "Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A. s/ accidentes ley 9688", 21/09/2004, Fallos: 327:3753.

Cuando el precedente es conocido, alcanza con el nombre y la referencia: Fallos: 327:3753 ("Aquino"). Para varios precedentes seguidos, la Procuración General usa este estilo: Fallos: 327:2127, "Martín"; 335:168.

Cinco referencias verificadas en la compilación oficial de la Secretaría de Jurisprudencia de la Corte:

CasoCarátulaFechaReferencia
Aquino"Aquino, Isacio c/ Cargo Servicios Industriales S.A. s/ accidentes ley 9688"21/09/2004Fallos: 327:3753
Vizzoti"Vizzoti, Carlos Alberto c/ Amsa S.A. s/ despido"14/09/2004Fallos: 327:3677
Simón"Simón, Julio Héctor y otros s/ privación ilegítima de la libertad, etc. —causa N° 17.768—"14/06/2005Fallos: 328:2056
Halabi"Halabi, Ernesto c/ P.E.N. - ley 25.873 - dto. 1563/04 s/ amparo ley 16.986"24/02/2009Fallos: 332:111
Arriola"Arriola, Sebastián y otros s/ causa n° 9080"25/08/2009Fallos: 332:1963

Cómo citar una sentencia que no está en Fallos

Si la sentencia todavía no se publicó, o no se va a publicar, la Acordada pide fecha y carátula. En la práctica conviene sumar el número de expediente, que es lo que permite encontrarla:

  • Desde el 11/08/2014 la Corte usa un número único: por ejemplo, CSJ 3720/2015. Cuando la causa llega de otro tribunal, el número lleva el código del tribunal de origen, como CIV 78500/2015/1/RH1.
  • Antes de esa fecha el formato combinaba letra, número y período legislativo en números romanos: un dictamen de la Procuración, por ejemplo, cita la causa L. 85, L. XLVII.

Un ejemplo real de cómo cambia la cita: un dictamen de la Procuración cita una causa como CSJ 417/2018/CS1, "B., C. B. y otro c/ IOSPER y otros s/ acción de amparo" y luego remite a la sentencia que la Corte dictó en esa misma causa el 21 de octubre de 2021, "registrado en Fallos: 344:2868". Cuando un fallo que citabas por expediente se publica, actualizá la cita.

Cómo encontrar y verificar el tomo y la página

La Secretaría de Jurisprudencia de la Corte tiene las herramientas oficiales:

  • Sumarios (desde 1863): búsqueda por texto, voces, autos, fecha y por tomo y página. Es la vía más directa para confirmar una referencia.
  • Todos los Fallos (texto completo desde 1994): búsqueda por autos, fecha y número de expediente.
  • Tomos de la colección Fallos: los tomos completos en PDF.

Un instructivo de la Procuración lo resume así: si tenés tomo y página, buscá en sumarios; si tenés la carátula, también podés buscar en los fallos completos.

Cómo citar un sumario de SAIJ

SAIJ publica sumarios: resúmenes editoriales de la doctrina de un fallo. No encontramos una regla oficial para citarlos. Una práctica razonable es indicar tribunal, carátula, fecha y el identificador de SAIJ (por ejemplo, "Id SAIJ: SU…") como dato de ubicación, pero lo más sólido es ir a la sentencia completa y citarla a ella, con su tomo y página si es de la Corte.

Errores frecuentes

  • Tomar el tomo y la página de otro fallo que cita al precedente, como en el ejemplo de "Vizzoti".
  • Citar una disidencia como si fuera la mayoría. Indicá el voto si no es el de la mayoría.
  • Abreviar tanto la carátula que no permite ubicar el fallo.
  • Seguir citando por expediente un fallo que ya se publicó en Fallos.
  • Copiar una cita de otro escrito sin abrir el fallo. Así se propagan los errores.

Cómo lo resuelve Argus

En los escritos que genera Argus, cada cita de jurisprudencia de SAIJ y de la Corte Suprema sale con carátula, fecha, referencia y enlace a la fuente, para que la verifiques sin buscarla. La revisión final sigue siendo tuya; en esta guía contamos cómo hacerla en seis pasos.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa «Fallos: 327:3753»?

Que la sentencia está publicada en el tomo 327 de la colección oficial «Fallos» de la Corte Suprema, a partir de la página 3753. Es la referencia que pide la Acordada 4/2007.

¿Cómo cito un fallo de la Corte que todavía no se publicó en Fallos?

Con la fecha y la carátula, como pide la Acordada 4/2007, y conviene sumar el número de expediente (por ejemplo, «CSJ 3720/2015») para que se pueda encontrar. Cuando se publique, actualizá la cita con el tomo y la página.

¿Todas las sentencias de la Corte se publican en Fallos?

No. Según la propia colección, desde la Acordada 37/2003 en Fallos se publican solo las sentencias más trascendentes. Las demás se encuentran en las bases de la Secretaría de Jurisprudencia.

¿Dónde verifico el tomo y la página de un fallo?

En la base de Sumarios de la Secretaría de Jurisprudencia de la CSJN, que permite buscar por tomo y página, o descargando el tomo en PDF desde el sitio de la Secretaría.

Fuentes

  1. Acordada CSJN 4/2007 (InfoLEG)
  2. CSJN, Secretaría de Jurisprudencia: Fallos relevantes 2003–2016
  3. CSJN: colección Fallos, tomo 346
  4. MPF: dictamen en CSJ 952/2021/RH1 (ejemplos de cita)
  5. MPF: instructivo para buscar en la web de la CSJN

Este artículo es informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Verificá siempre la normativa y la jurisprudencia vigentes para tu jurisdicción antes de presentar un escrito.

    Cómo citar fallos de la Corte Suprema (CSJN): guía práctica | Argus Legal